Ley Nº 25114

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Número: 25114


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 25114

Adjudican terreno en favor del Club Departamental La Líber* tad, en Lima para construir su

sede institucional

LEY No 25114

Presidente de la República

POR CUANTO:

V*

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

£1 Congreso de la República del Perú;

Ha dado la ley siguiente:

Articulo 1^ Adjudicase a titulo gratuito en favor del Club Departamental La Libertad» en la ciudad de lima» un terreno de propiedad fiscal destinado a la construcción de su cede. Institucional. £1 indicado inmueble está situado en la 11*. O, Lote io» con un área de 1,32042 m2; en la ur-banlsadón La Calesa» distrito de Santiago de Surco» provincia y departamento de Zima»

Articulo ***— £| terreno adjudicado revertirá al Estado» si vencido el placo de 10 afios a partir de la fecha de vigencia do la presento ley» el Club Departamental La Libertad» no ta&tera ejecutado la edificación de su mencionada sedo.

ArtiMle Derógame todas las leyes que se opongan a la presente ley.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en

del mes de octubre do mil novecientos ochenta y nueve.

HUMBERTO CARRANZA PIEDRA, Presidente del Senado.

LUIS ALVARADO CONTRERAS, Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados.

RUPERTO PIGUEROA MENDOZA, Senador Primer Secretario.

JORGE SANCHEZ FARFAN, Diputado Pn-tner Secretarlo.

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIO* NAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima» a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos ochentinueve.

ALAN GARCIA PEREZ, Presidente Constitucional de la República.

ANTENOR ORR35GO ©PELUCIN, do vivienda y Oonstruoción,

Ministro

Artisüo . «L— Esta ley entra en vigencia al dtia lgtil*nte de su publicación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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