Tipo de Norma: Ley
Número: 25080
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25080ESTABLECE QUE LOS SENADORES Y DIPUTADOS NO
ESTAN IMPEDIDOS DE POSTULAR A CARGOS DE
ALCALDE O REGIDOR DURANTE EL PERIODO QUE
DURE SU MANDATO LEGISLATIVO í"El Peruano” I2-VI11-89)
LEY No. 25080
Artículo lo.- Los Senadores y Diputados no están impedidos de postular a cargos de Alcalde o Regidor durante el periodo que dure su mandato legislativo.
Articulo 2o.- La incompatibilidad del mandato legislativo a que se refiere el articulo 173o. de la Constitución Política, surge cuando el Senador o Diputado proclamado Alcalde o Regidor inicia el ejercicio de la función de Alcalde o Regidor.
Articulo 3o.- Surgida la incompatibilidad señalada en el articulo 2o. de la presente Ley. el órgano competente para declarar la vacante del mandato legislativo será, segün el caso, la Cámara de Diputados o el Senado de la República.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.