Tipo de Norma: Ley
Número: 2502
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02502LEY N°. 2502
Loe impresores de la República están obligados á enviar á las Bibliotecas de las Cámaras Legislativas
un ejemplar
de las hojas periodísticas
que publiquen
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l9—Todo el que dirija ó imprima dentro del territorio de la República una hoia nerindístirn riialrmiem
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.