Ley Nº 24998

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 24998

DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICAS LA EXPROPIACION DEL TERRENO OCUPADO POR EL ASENTAMIENTO HUMANO "JOSE OLAYA" EN HUANCAYO

LEY No. 24998

Articulo lo.- Declárase de necesidad y utilidad pública, la expropiación del terreno de 11,484.50 metros cuadrados, ocupado por el Asentamiento Humano "JOSE OLAYA", en el distrito de Huancayo, provincia del mismo nombre, departamento de Junin.

Articulo 2o.- La Municipalidad Provincial de Huancayo, es responsable del proceso de expropiación y del saneamiento físico-legal del bien a que se refiere el articulo precedente, de conformidad con la Ley No. 24513

Articulo 3o.- No pueden ser beneficiarios de lotes, las personas propietarias de otros inmuebles urbanos o poseedoras de otros lotes en cualquier Asentamiento Humano dentro del mismo departamento.

Articulo 4o.- Deróganse todas las leyes que se opongan a la presente Ley.

Articulo 5o.- Esta Ley entra en vigencia al dia siguiente de su publicación.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla

Lima, 19 de Enero de 1989.

ALAN GARCIA PEREZ

LUIS BEDOYA VELEZ.

Ministro de Vivienda y Construcción



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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