Ley Nº 2496

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 02496

LEY N°. 2496

Construcción de un puente sobro el río Vilcanota, en el punto denominado Cusipata, de la provincia de Quispicanchis

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto el Congreso ha dado la ley

si gruiente;

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la lev siguiente:

Artículo único—Consígnase en el presupuesto departamental del Cuzco la suma de seiscientas libras peruanas de oro en dos anualidades, destinadas á la construcción de un puente sobre el río Vilcanota, en el sitio denominado Cusipata, de la provincia de Quispicanchis.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo,para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los diez y ocho días del mes de octubre de mil novecientos diez

v siete.

J. C. Bernales, Presidente del Senado—Juan Pardo, Diputado Presidente. — JuanE• Durandy Secretario del Senado. —Luis A. CarrUlOy Diputado Secretario.

Al Señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumpli

II

Dado en la casa de Gobierno, en Li-jjja, á los veinte y dos días del mes de octubre de mil novecientos diez y siete.

José Pardo.

Baldomero F- Maldonado.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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