Ley Nº 24881

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 24881

DECLARA PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION LAS CUEVAS CON PINTURAS RUPESTRES, UBICADAS EN VARIAS PARCELAS DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS

LEY No. 24881

Articulo lo.- Declárase Patriáronlo Cultural de la Nación las Cuevas con Pinturas Rupestres, ubicadas en las Parcelas "Limones", "Piedra Grande" y "Galpón" en el distrito de Louya Grande y en la Parcela “Chiñuña”, en el distrito de Yamón, provincia de Utcubamba departamento de Amazonas.

Articulo 2o.- El Instituto Nacional de Cultura es el organismo encargado de regular la conservación, restauración, mantenimiento y promoción de las Pinturas Rupestres a que se refiere el articulo anterior.

Articulo 3o.- La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación

en el diario oficial MEl Peruano"

Comuniqúese al Presidente de la Repó-blica para su promulgación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 28 de Julio de 1988.

ALAN GARCIA PEREZ

ARMANDO VILLANUEVA DEL CAMPO.

Presidente del Consejo de Ministros y

Ministro de la Presidencia.

MERCEDES CABANILLAS DE LLANOS DE LA

MATA,

Ministra de Educación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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