Ley Nº 24866

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 24866

RESOLUCION LE GIS HATERA N- W8R6

El Congreso de la República del Peni;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso, en vista de la Iniciativa del Presidente de la República, formulada de acuerdo con el Articulo 100" de la Constitución Política de! Peni, ha resuelto conceder una Pensión de Gracia en el monto y a la persona que a continuación se indica;

1. —A doña ELOISA ALFARO ROMAN, en su condición de madre del que en vida fue don JORGE CHICOMA ALFARO, integrante de la delegación del Club "Alianza Lima”, que falleciera pn el lamentable accidente aéreo ocurrido el día 8 de Diciembre de 1987; la Pensión de Gracia equivalente a una Unidad.Impositiva Tributaria (U.I.T.),

2. — La Pensión de Gracia a que se refiere la presente Resolución Legislativa es personal e intransferible y no genera derecho de Pensión de Sobreviviente»

3. — El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima a los dos días



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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