Tipo de Norma: Ley
Número: 24752
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24752AUTORIZA CREDITO SUPLEMENTARIO EN PRESUPUESTO DEL GOBIERNO
CENTRAL
LEY No. 24752
Articulo lo.~ Autorízase un Crédito Suple* mentario en el Presupuesto del Gobierno Central para el Ejercicio Fiscal 1987r de conformidad a la estructura y montos siguientes :
TITULO I: Ingresos
(Miles de I/.)
CAPITULO I: Ingresos del Tesoro
I/. 12,903*329 194*219 88*892
Público
CAPITULO II: Ingresos Propios CAPITULO llí: Endeudamiento CAPITULO IV: Inaresns Dor
Transferencia
2'500
I/. 13,188*940
TITULO II: Egresos
GASTO CORRIENTE 11,418*025
GASTO DE CAPITAL 1,772*91 5
TOTAL : I/. 13,188*940
Artículo2o1 La desagregación del Presupuesto de los Egresos del Gobierno Central, aprobado en el articulo precedente, se especifica a nivel de Pliegos, Unidad Presupuestaria, Proyecto y Fuente de Financiamiento en los Anexos: 1,2,3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14; 1-1 que forman parte de la presente Ley.
Asimismo, la estructura y montos de las InSti-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.