Tipo de Norma: Ley
Número: 24722
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24722CuEam el instituto de investiga-clon cívico patriótico e histórico “TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA"
LEY N! 34732
EL PRESIDENlE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha cL.do la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU: Ha dado la tey siguiente:
Articulo t“ — crease ei ínsuiuco ue investí» gación Cívico Patriótico e Histórico ‘TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA”, con sede en la capital de la Repüblica, el cual estará destinado a difundir conocimientos y promover la investigación en orden a los hechos históricos, cívicos y patrióticos, más significativos orientados a la formación moral de la ciudadanía.
Artículo 2* — Destinase al funcionamiento del Instituto que se crea mediante esta Ley, la Histórica “Casa de Punchauca” que se conviene en Monumento Histórico.
Artículo 3* — Para dar cumplimiento a los fines a que se refire el articulo precedente se crea el Fondo Nacional de Formación Cívico Patriótico cuyos recursos estarán constituidos por el producto de una estampilla conmemorativa, Ins aportes del Estado así como de las instituciones y particulares que voluntariamente quisieran contribuir.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.