Ley Nº 2471

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 02471

Res. Leg. N.° 24-71

píspensando de práctica del Derecho al Bachiller don Juan E. Mendoza y Almenara

Lima, 29 de setiembre de 1917-Señor Presidente:

El Congreso, en vista de la solicitud del Bachiller en Jurisprudencia don Juan E. Mendoza y Almenara, ha resuelto dispensarle del tiempo de práctica de derecho que le falta para recibirse de abogado.

Lo comunicamos á usted para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á usted.

J. C. Bernales, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.— Francisco R- Lanutta, Senador Secretario. —/mis A• Carrillo, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente de la República.

Lima, 10 de octubre de 1917.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.

Rúbrica del Presidente de la Repú-^*ca‘ Flórez.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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