Tipo de Norma: Ley
Número: 24584
documento PDF
24584POR CAUSA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICAS Y DEFENSA NACIONAL, PRORROGAN POR DOS AÑOS MAS, EL PLAZO DE CADUCIDAD ESTABLECIDO EN EL ART. 54" DEL D.L. N9 313, PARA LOS EFECTOS DE LA EXPROPIACION DISPUESTA EN EL D.S. N9 008-76-VC, A CARGO DEL MINISTERIO DE AERONAUTICA
LEY N 21584
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO;
El Congreso ha dado la, Ley siguiente:
El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1 — Por causa de necesidad y utilidad públicas y Defensa Nacional, prorrógase
por dos años más, el plazo de caducidad establecido en el Artículo 54'.’ del Decreto Legislativo N 313, para los efectos de la expropiación dispuesta en el Decreto Supremo N° 008-76-VC, a cargo del Ministerio de Aeronáutica.
Artículo 2 — La presente Ley rige a partir del día siguiente de su publicación oficial.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de Noviembre de mil novecientos ochentiséis.
ARMANDO VILLANUEVA DEL CAMPO, Presidente del Senado.
FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente de la Cámara de Diputados.
RAUL ACOSTA RENGIFO, Senador Secretario.
JOFFRE FERNANDEZ VALDIVIESO, Dipútalo Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.
POR TANTO:
Mandó se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
once días del mes de diciembre de mil novecientos ochentiséis.
ALAN GARCÍA PEREZ, Presidente Constitucional de ia República.
NICANOR MUJICA ALVAREZ CALDERON, Ministro de la Presidencia. Encargado de la Cartera de Vivienda y Construcción.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.