Tipo de Norma: Ley
Número: 24550
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24550LA REPUBLICA
CREAN COMISION MULTTSECTOEIAL <JUE ELABORARA ANTEPROYECTO DE LET PARA REACTIVAR INDUSTRIA DE FABRICACION DE
FERTILIZANTES
USY NT 24550
¿L PRESIDENTE DE LA REPUBLICA JPOR CUANTO:
m. Congreso ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE PERU;
Ha dado la ley siguiente:
Articulo 1 —Constitúyase una Comisión Multi-sectorial encargada de elaborar un anteproyecto de ley que contenga las disposiciones que sean necesarias para reactivar la Industria de la fabricación de fertilizantes en nuestro país en concordancia con otros cuerpos de leyes vigentes proponiendo además, las modificaciones legales que resulten pertinentes al ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 29— La Comisión a que se refiere el articulo anterior estará compuesta por tres representantes del Banco.Minero del Perú, uno de los cuales la presidirá, tres representantes de la Universidad Nacional Agraria de La Molina, tres representantes del Ministerio de Energía y Minas, tres representantes del Ministerio de Agricultura y tres representantes de los productores agrarios designados por el Ministerio de Agricultura.
Artículo 3— La citada Comisión contará con un plazo de tres meses, a partir de su jnstalación, para cumplir el encargo que por esta ley se le encomienda.
Artículo 4— La Comisión Multisectorial presentará al Poder Ejecutivo que. a su vez, lo remitirá a una de las Cámaras Legislativas para su dis-<cu. ión y aprobación, el referido proyecto de ley con su correspondiente exposición de motivos.
Articulo 5— La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Comuniqúese al Presidente de la República pana su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de Setiembre de mil novecientos ochentiséis.
ARMANDO VTLL ANUEVA DEL CAMPO, Presidente del Senado
PERNANDO LEON DE VIVERO. Presidente de la Cámara de Diputados
RAUL ACOSTA RENGIPO, Senador Secretario
JOFFRE FERNANDEZ VALDIVIESO, Diputado Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quinoe dias del mes de setiembre dé mil novecieiH tos ©chemtiséis.
ALAN GARCIA JPEREZ. Presidente Constitucional de la República.
LUIS -ALVA CASTRO, Presidente del Consejo de Ministre».
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.