Tipo de Norma: Ley
Número: 24497
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24497LEY No. 24497
EL PRESIDENTE DE LA REPUE..
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente;
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEJ
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Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1. — Autor'zase un Crédito Suple-mentor’o en ol Pr- nv-sto del Sector Púb’icc para 1985 por la suma de Cuatro Millo-íes Cuatrocientos Veinte MU Intis (I/. 4’4201000), equivalente a Cuatro Mil Cuatrocientos Veinte Millones de Soles Oro (S/. 4,420 000,000) con cargo a la fuente de financiamiento Ingresos del Tesoro Público, conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN 01: Gobierno Central SECTOR 24; instituto Nacional de Comunicación Social
PLIEGO 01: Instituto Nacional de Comunicación Social
UNIDAD PRESUPUESTARIA 01: Instituto Na-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.