Ley Nº 24386

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 24386

LEY N® 24386

08 00 OBRAS

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA 08.04 Por Licitación Pública Canal

Cano Salado y Cuenca Lagu-

POP CUANTO: na Vilacota 4’000,000

TOTAL I/. 5’000,000

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

El Congreso de la República del Perú;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo Io — Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Gobierno Central, correspondiente al Ejercicio Fiscal 1985, hasta por la suma de Cinco Millones de Intis (1/. 5’000,000) equivalente a Cinco Mil Millones de Soles Oro (S/. 5,00(8000,000), conforme al siguiente detalle:

VOLUMEN 7: Gobierno Central TITULO 1: Ingresos

CAPITULO I: Tesoro Público I/. 5’000,000

TITULO II: Egresos

SECTOR 28: Instituto Nacional de

Desarrollo

PLIEGO 01: Instituto Nacional de

Desarrollo

U.P. 17: Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Híd ricos de los Depar-mentos de Tacna y Moquegua.

FUENTE DE FINANCIA MIENTO : Tesoro Público PROGRAMA 171: Recursos Hídricos

de Tacna y Moquegua.

PROYECTOS

Artículo 2n — En el término de ninco (5) días calendario contados a partir de la vigencia de Ja presente Ley, mediante Resolución del Titular del Pliego se aprobará la desagregación a nivel de Entidad Ejecutora, Proyecto, Asignación Genérica y Específica y Fuente de Financiamiento el Crédito Suplementario autorizado por el Artículo 1", cuya transcripción será remitido a los Organismos que señala el Artículo 111 del Decreto Legislativo 316. *

Artículo 3* — El plazo para la inversión del Crédito Suplementario a que se contrae la presente Ley terminará en Marzo de 1986.

Artículo 4" — Autorizase al Poder Ejecutivo llevar a cabo el estudio del Plan Di redor de los Recursos Hídricos de los departamentos de Tacna y Moquegua, de acuerdo al cual se harán las reservas de aguas.

Artículo 5 — La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenticinco.

LUIR ALBERTO SANCHEZ SANCHEZ, Presidente del Senado,

JUDITH DE LA MATA DE PUENTE, Senadora Secretaria.

LUIS NEGREIROS CRIADO, Presidente de la Cámara de Diputados.

ALBERTO VALENCIA CARDENAS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

120.010: Afianzamiento Laguna Aricota 110.020: “Plan Piloto Pasto Grande”

07.00 : ESTUDIOS

07.01 Pre-Inversión Administra

ción Directa (Pasto Grande) I/. 500,000

07.06 : Definitivos - Administración

Directa Cuenca Atienta —-incluida alternativa Laguna Suches 500,000

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los días del mes de diciembre de mil novecientos ochenticinco.

ALAN GARCIA PEREZ, Presidente Constitucional de la República.

LUIS ALVA CASTRO, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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