Ley Nº 24352

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Número: 24352


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 24352 AUTORIZAN CREDITOS SUPLEMENTARIOS Y TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS, EN FAVOR DE VARIOSSECTORES

TITULO II : Egresos

SECTOR 15 : Trabajo y Promoción

Social

PLIEGO 01 : Ministerio de Trabajo y

Promoción Social

LEV N 2435»

UNIDAD PRESUPUESTARIA 01 : Dirección y Administración General

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

ENTIDAD EJECUTORA DEL PRESUPUESTO 001 : Diga-Ministerio de Trabajo y Promoción Social

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

ASIGNACIONES

El Congreso de la República del Perú;

S/.

30*000,000

20*000,000

100*000,000

02.00 BIENES......... ..

03 00 SERVICIOS..........

09.00 BIENES DE CAPITAL ..

TOTAL U. P.

Ha dado la ley siguiente:

150*000,000

UNIDAD

PRESUPUESTARIA 02 : Trabajo

ENTIDAD EJECUTO--RA DEL PRESUPUESTO 001 : Central de Trabajo

ASIGNACION

Artículo 1* — Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Gobierno Central, co rrespondiente al Ejercicio 1985, por la suma de Cuatrocientos Cincuenta Mil Intis (I/. 450.0000 equivalente a Cuatrocientos Cincuenta Millones de Soles Oro (S/. 450’000,000), conforme al siguiente detalle:

VOLUMEN 01 : Gobierno Central

s r.

100*000,000

TITULO I : Ingresos CAPITULO II : Ingresos Propios 1.0.0 : Ingresos Corrientes

1.0. 0 : Multas y otras sanciones

1.6 1 : Multas y Análogos

1.0. 1.05 : Por infracción de Leyes La-

S/.

#

09.00 BIENES DE CAPITAL ...

TOTAL U. P.

100*000,000

UNIDAD PRESUPUESTARIA 03 : Promoción Social

ENTIDAD EJECUTORA

borales

450*000,000 DEL PRESUPUESTO 001 : Central —- Promoción Social



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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