Tipo de Norma: Ley
Número: 24327
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24327AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA QUE ADJUDIQUE EN VENTA DIRECTA LAS CASAS-HABITACION, ASI COMO LAS CONSIDERADAS TIENDAS VIVIENDA, QUE INTEGRAN EL AGRUPAMIENTO DE VIVIENDAS DE TIPO ECONOMICO DE EL
PORVENIR
LEY
No.24327
Artículo lo.— Autorízase al Poder Ejecutivo para que adjudique en venta directa las casas-habitación, así como las consideradas tiendas-vivienda, que integran el agrupamiento de viviendas de tipo económico de El Porvenir, a las familias consideradas en el artículo siguiente y que se expropiaron por el Decreto Ley No. 18904, que fueron de propiedad del Banco Popular y las Compañías Inmobiliarias Cóndor S.A. y Manco Cápac S.A., ubicadas en el terreno del barrio de
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.