Tipo de Norma: Ley
Número: 24302
documento PDF
24302LEY N* M868
PLIEGO 2,7: Oorpomoión Departamental
de Desarrollo del Cusco S/„ &O,ttQfl’OOQj00O
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
A«8fctfla
-IMi
POR CUANTO
Congreso ha dado la Ley siguiente: El Congreso de la República del Perú:
Ha dado la ley siguiente:
Desarrollo del Cusco, en el firmino <de dttea (3%) Alas calendario a partir de la vjgencia de la presen--%e Uey, -mediante Ttwrtlación -Qdl Titular Ce Pliego •uterina;* la desagregación del gasto a nivel He 1to-
tattefles Ejecutoras FreBuptieSl»riaa, Proyectos, ABígnecioneB Genéricas y Espadílicas y transcribirá copla de ,1a misma a los 'Ctagantemos que señala el Decreto Legislativo 316.
equivalente a Diez Mil Mffloaes de vCS/. lb.OWOOOíBOD1) ccntTfojrnw «1 ■Heúlen-
con smncsoN AL
Articule a*— Actoiirtse im CWWit» ’S «pigmentario en el Presupuesto;- del “Gobierno OerttaSl para 3085 por la -oflntídPd -fie Diez Miftone* .ríe írrtrla fl-/.
10*000,-0(K>), Goles Ovo -detalle:
VOLUMEN 01: Gobierno Ceiftoai
TTTUXO I: Ingresos
CAPITULO I: Ingresos 'del Tesoro
Público «/. 1O,WOO0O¿W©
TITULO II: Egresos
CSECTOR 12: Economía y Finanzas *
PLIEGO 01: Ministerio de Economía y Finanzas OjP. 01: Dirección y Administración -General Pito GRAMA 101: Central E.E.P. 001: Central—Administración
ASIGNACION:
11.00 TRANSFERENCIA DE CAPITAL
11.68 A -Organismos Descentralizados
Autónomos 6/.. 1Q,OQ9’<H©,0OO
La Corporación Departamental de Desarrollo <dfil Onsco, modificará su presupuesto con sujeción a las Directivas de Ejecución y Control del Presupuesto del' Sector Público -para 1085, remitiendo diah» inJronmaoiún a tos Organismos que señala el Artículo 18* del Decreto Legislativo "316.
Artículo 3- La presente Ley .entrará en vigencia a 'partir 1101 ata a* publicación en el Diario
Oficial "El Peruano*.
Gomimiquese al Presidente de la República para au promulgación.
-Casa Hel -Congreso, -en Lima, ti 'ios cuawo Hfiui del mes Has ¿Setiembre He mil novecientos «oJaenti-
Cinco.
LUIS ALBERTO BANCHDZ SANCHEZ, Presi dente del Senado
LUIS negrearos CRIADO», Presidente -de la
Cámara de Di pusaetas
JUDITH DE LA MATA DE PUENTE, Senado»
ALBERTO VALENCIA .CARDENAS» Diputado ‘BccKBing
al BBfitm ff’REsnuanRTr: DE LA REPUBLICA POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Dado en la Cinta de deftnerao, en Lima, a los séis días del mss de setiembre de mil novecientos ocberftienro»..
AI^AN GARCIA PEREZ, Presidente Constitucional de la República.
LUIS ALVA CASTRO, Ministro de Economía y Finanzas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.