Ley Nº 24252

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 24252

DECLARAN DE INTERES SOCIAL LA CONSTRUCCION DE “LA VILLA DEL

PERIODISTA”

LEY N 2425Z MANUEL ULLOA ELIAS

Presidente de la Comisión Permanente del Congreso POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1— Declárase de interés social la construcción de “La Villa del Periodista" y en consecuencia, facúltase al Poder Ejecutivo para que adjudique una extensión de terreno de 150 030 m2., ubicado en el Distrito de Surco, Provincia y Departamento de Lima, adyacente al conjunto habitacional “Los Precursores” en favor del Colegio de Periodistas de Lima. En el terreno que se adjudica el Colegio de Periodistas de Lima ejecutarán un programa de 1000 viviendas unifamiliares en un plazo de tres año contado a partir de la fecha de traslación de dominio del inmueble, vencido el cual si no se ha ejecutado

la obra revertirá a dominio del Estado.

Artículo 2*— Las viviendas que se construyan en el cumplimiento del artículo 1° de la presente ley, serán adjudicadas, mediante sorteo entre los Periodistas Colegiados que reúnan los requisitos que para tal efecto establezca el Colegio de Periodistas de Lima.

Articulo 3®— La presente ley entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos ochcnticinco.

MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente del Senado.

ELIAS MENDOZA HABERoPERGER, Presidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MANCriEGO BRAVO, Senador Secretario.

CARLOS SARABIA SWETT Diputado Secretario.

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE

LA REPUBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada oportunamente pov el señor Presidente de la República; en observancia de lo dispuesto por el Artículo 193: de la Constitución mando se comunique al Ministro de Vivienda y Construcción, para su publicación y cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima a los cuatro días del mes de Julio de mil novecientos ochenticinoo.

MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso.

RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO, Senador Secretario.

RICARDO CASTRO BECERRA, Diputado Secretario.

Lima, 22 de Julio de 1985.

Cúmplase, comuniqúese regístrese, publíquese y archívese.

CARLOS PESTAÑA ZEVALLOS, Ministro de Vivienda y Construcción



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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