Ley Nº 24141

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Número: 24141


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 24141

AUTORIZAN CREDITOS SUPLEMENTARIOS, A

FAVOR DE VARIOS SECTORES

LEY N 24141

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

Bl Congreso de la República del Perú;

Ha dado 1# ley siguiente:

Artículo h— Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Gobierno Central correspondiente al Ejercicio Fiscal de 1984 hasta por

la suma de Ocho Mil Cuatrocientos Noventa Mi. llones Quinientos Mil Soles Oro (S/. 8,490*800,000), conforme al siguiente detalle;

VOLUMEN 01: Gobierno Central (Miles de Soles)

titulo II: Ingresos

capitulo III: ingresos Propios S/. 8,490*800 1.0D : Ingresos Corrientes

12.0 : Tasas 8.426*000

1.2.8, : De Transportes y Comunic.

1.2.8.01: Peaje Variante de Uchu-

61X000 121'000

89*000 262*000 241'000

270*000

205*000

14S’000

330*000

1,595*000

531*000

111*000

239*000

228*000

161*000

mayo (MTC)

T.2.8.02: Peaje Guzeo-Urcos (MTC)

1.2.S.03; Peaje Huánuco—Tingo

María CMTC)

1.2.8.04: Peaje Ica-Nazca (MTC)

12.O.05: Peaje Oroya jHuancayo (MTC)

1.2.8.06: Peaje Las Vegas Taima

Carpapata (MTC)

1.2.S.07: Peaje TrujiUo Salave-

rry (MTO)

1.2,8.08: Peaje Empalme Paita N 1

Tembladera— Chilete— Magdalena (MTC.)

1^.8'.09: Peaje Lambayeque-Bayó-

var—Piura (MTC)

L2á£ll: Peaje Lirma—Desvío Pucu-

sana (MTC)

1.2.8.12: Peaje Serpentín de Pasa-

mayo (MTC)

12.8.13: Peaje Vanante de Pasa.

mayo (JV1XC)

12.8.14: Peaje Pativilca-Hua-

xaz, .CMTC)

1.2.8.15: Peaje Dima.Oroya (Cor-

cona) (MTC)

12.8.16: Peaje Pte. Fiscal Mon-

talvo (MTC)

1.2.8.17: Peaje Cruces Catacaos—

Piura CMTC) 238*000

12.8.18: Peaje Pte. Internacional

Desaguadero (MTC) 8*000

1.2.8.19: Peaje Puno-Juliaca CMTC) 1321)00

L2.8.20: Peaje Tacna La Concordia (MTC) 424 000 125821: Peaje Mopuegua-Tacna

(Tomasfrí) CMTC) 122TQD

62*000

12.822: Peaje Tumbes-Zarumllla,

Aguas Verdes CMTC)

1.4.3 : De Transportes, Comunica

ciones y Almacenaje

19*000

45*000

45*000

1.4.3Í01: Servicio de telegrama (MTC)

1.5.0 : Rentas de la Propiedad

1.5.1 : De la Propiedad Real

1.5.1*02: parlados JPostales

titulo ni: Egresos

SECTOR 18: Transp. y Comtmicacroues

PLIEGO 01: Minist. de Transportes

y Comunicaciones

1.2.8.23: Peaje Pucusana Cañóte (MTC) 1.2.8.24: Peaje Cuzco, Pisac, Uru-

bamba, Ollantaytambo CMTO) 1.2.8.25: Otros Peajes (MTO)

1.2.8.42: Peaje Cuzco, Cachimayo,

Chincheros, Chequereg,

717*000

66*000

1201000

Urubamba CMTC)

1.2.8.30: Valor Físico de Placas (MTC) 1.2.8.31: Derecho ele Inscripción (MIO 1.2.8.36: Derecho de Licencias de

Radiocomunicación .(MTC)

Otras (MTC)

Venta de Bienes Corrientes y de Servicios S/.

190*000 14’0O(í 9*000

781*000

334*800

10*001)

1.2,8.37: 1.4.0 :

ingresos Propios CMiles de Selles)

FUENTE DE FINANCIA MI UNTO

UP '01: Dirección y Administración

General 556*960

ASIGNACIONES

01.00 REMUNERACIONES 97’60ü

01.05 Al Cargo (Ley 11377) 97*600

07.00 ESTUDIOS 59*300

-^Estudios de Transportes para

la Selva Central 9’000

—Estudio Orcos—Pto. Maído, nado. Pto. Acre 5D’3D0

11.00 TRANSFERENCIAS DE

CAPITAL 400*000

11.01 A las Instituciones Públicas

—-Instituto Nacional de Investigación y Capacitación en Telecomunicaciones (Laboratorio del TNrCTEL) 400*000

UP 02: Transporte Acuático 32*900

ASIGNACIONES

01.00 REMUNERACIONES 32*900

01.05 Al cargo (Ley 11377) 3T90G

UP 03: Transporte Aéreo 11*700



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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