Ley Nº 24058

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 24058

DAN FUERZA DE LEY AL DECRETO SUPREMO N9 006—81—SÁ, QUE CREA EN EL MINISTERIO DE SALUD EL INSTITUTO DE CIENCIAS NEUROLOGIAS, COMO ORGANO ESPECIALIZADO DEL IV NIVEL DE ATENCION

DE LA SALUD

LEY NT MWfc

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la I>ey siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBILCA DEL PERU;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo Unico.— Dase fuerza de ley al Decreto Supremo N* 006—81—SA que crea ©n él Ministerio de Stílud el Instituto de Ciencias Neuroldglcas, coma órgano especializado del IV Nivel da atencklix de la salud.

Comuniqúese al Presidente da la República para su promulgación.

Casa dolCongreso, en Lima, a los veinte días del mes do Diciembre de mil novecientos ochen-Hctiálro.

MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente del Senado.

ELIAS MENDOZA HABERSPERCER, Presidente de la Ctirnarn de Diputados.

CARLOS MANCHEGO BRAVO, Senador Secretarlo.

ERNESTO OCAMFO MELENDEZ, Diputtado

3ecrelario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dadd en la Casa de Gobierno, a los cuatro días leí mes de Enero de mil novecientos dchentichico.

FERNANDO BELAUNDE TEIIRY.

JUAN PONCE FRANCO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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