Ley Nº 23969

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Número: 23969


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 23969

LEY Nt 23969

El Congreso de. la República del Perú:

Ha dado la ley siguiente:

Articulo 1* — Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para 1984 por la suma de MIL SETECIENTOS MILLONES DE SOLES ORO (S/. 1,700*000.000>, en favor del Pliego Senado de la República para atender necesidades en las Asignaciones Genéricas.

02.00 Bienes................ 91. 600000

03.00 Servicios.............. „ 600*000

09.00 Bienes de Capital......... 500*000

SI. 1,700000

Artículo 2» — El importe de este Crédito será cubierto con cargo' a los Ingresos del Tesoro Público correspondiente al Ejercicio Presupuestal vi-

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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