Tipo de Norma: Ley
Número: 23945
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23945DELEGAN EN EL PODER EJECUTIVO LA FACULTAD DE DICTAR, MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO Y DENTRO DEL TERMINO DE 90 DIAS, LA LEY DEL SISTEMA DE ASIGNACIONES FAMILIARES, EN FAVOR DE LOS TRABAJADORES CON FAMILIA
NUMEROSA
LEY N 23045
El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1—* Delégase en el Poder Ejecutivo la facilitad de dictar, mediante decreto legislativo y deritfo del término de noventa días, la Ley del Sistema de Asignaciones Familiares, en favor de los trabajadores cori familia numerosa, dando cuenta al Congreso; de conformidad con los Artículos 188 y 211, inciso 10) de la Constitución Política del Estado.
Artículo 2—•
ta ley rige desde el día siguiente
a su publicación.
Comuniqúese al Presidente de la República para
BU promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de Octubre de mil novecientos ochenti-cuatio.
MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente del Senado ELIAS MENDOZA HABERSPERGER, Presidente de la Cámara de Diputados
CARLOS MANCHEGO BRAVO, Senador Secretario.
CARLOS SARABIA SWETT, Diputado Secretario
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a lbs diez y siete dias del mes de octubre de mil novecien-oebenta y cuatro
FERNANDO BELATJNDE TERRY, Presidente Constitucional de la República.
JOSE B EN A VIDES MUÑOZ, Ministro de Economía. Finanzas y Comercio
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.