Tipo de Norma: Ley
Número: 23854
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23854LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES QUEDA MODIFICADA A PARTIR DE SU PROMULGACION.
LEY No. 23854
Articulo lo.- La Ley Orgánica de Municipalidades queda modificada, a partir de su promulgación, en la siguiente forma:
1. - La denominación "Municipalidad Delegada" queda sustituida por la de "Municipalidad de Centro Poblado Menor".
2. - Delégase, durante 60 días, en el Poder Ejecutivo, de conformdiad con el Artículo 188o de la Constitución Política del Perú, la facultad de dictar, mediante sendos decretos legislativos, la Ley General de Expropiación y la Ley de Impuestos de Alcabala y Adicional de Alcabala, y modifique el Decreto Legislativo No. 057 y la Ley No. 23552, Mientras tanto, queda vigente a plenitud, la Ley No. 9125 y derogadas las disposiciones sobre
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.