Tipo de Norma: Ley
Número: 23783
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23783AUTORIZAN UN CREDITO SUPLEMEN-TARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA 1983, POR LA
SUMA DE S/. 280,000,000
LEY N 23783
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha ciado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;
lia dado la ley siguiente:
Artículo 1 — Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para 1983, por la cantidad de doscientos ochenta millones de soles oro (S/. 280*000,000), conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN 01: Gobierno Central TITULO I: INGRESOS CAETTULO II: Ingresos Propios 1.0.0 INGRESOS CORRIENTES
1.2.0 TASAS
1.2.4 De Salud
1.2.4.1(1 Tasas Ley General de Aguas (Decreto Ley 17752 y D.S. 007-83 SA). 109*012,000
1.8.0 SALDOS DE BALANCE 1.8.2 En Roneos
1.8.2.04Saldos de Balance (Ley General de Aguas — Decreto Ley 17752 y d:S. 41-70-A). 110*388,000
TOTAL S/. 280*000,000
TITULO IT: EGRESOS
SECTOR 14: Salud
PLIEGO 01: Ministerio de Salud
UNIDAD PRESUPUESTARIA 04: Medio Ambiente
E.F I1. (>01: Dil ección General del Medio Ambiente
03.00 SERVICIOS................. 239*550,000
03.01 Pasajes, Viáticos y Asignacfpnes. 4*000,000
03.03 Movilidad Local.............. 200,000
03.07 Estudios de Investigación...... 228*800,000
03.10 Instalación y Acondicionamiento. 1*000,000
03.11 Mantenimiento y Reparación ... 2*500,000
03.13 Tarifas de Servicios Públicos .. 1*000,000
03.16 Publicaciones ............... 500,000
03.17 Impresiones....... 1*000,000
03.19 Encuadernación .............. 300,000
03.2G Otros................ 250,000
09.00 BIENES DE CAPITAL......... 22*750,000
09.01 Mobiliario y Equipo de Oficina . 7*450,000
09.14 Maquinaria y Equipo de Laboratorio ....................... 2*000,000
09.18 Vehículos de Transporte de Carga y Otros Usos............... 13*300,000
TOTAL: S/. 280*000,000
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Artículo 2 — La presente ley entrará eii vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano*'.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de Enero de mil novecientos ochenti-cuatro.
RICARDO MONTEAOí IDO MOVTUAGUDO, Presidente del Senado.
DAGOBERTO I.AINEZ VODANOVIC, Presidente de la Cámara de Diputados.
DOMINGO ANGEI.ES RAMIREZ, Senador Secretario.
RAUL MEZA GAMARRA, Diputado Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.
ASIGNACION!
02.no
BIENES
17*700,000
POR TANTO:
02.03 Ve turnio .............
02.00 Materiales rP Escritorio .. 02.09 Materiales de Laboratorio
02.14 Materiales c'^ Impresión
02.15 Materiales Fotográficos y
técnicos.............
Fono-
02.18 Materiales dr Limpieza ...
02.19 Impresos y Suscripciones .
02.20 Combustibles, Carburantes
lírica nf es..............
y Lu-
02.23 Repuestos
500.000 4*000.000 1*000,(100
800.000
4*500.000 400.000 500 000
3*500.000
2*500,000
Mando se publique y cumpla.
Dado en Ja Casa de Gobierno, en Téma-, a los un din del mes de febrero de mil novecientos ochen-ticuat re.
FERNANDO BELAUNDE TERRY. CARLOS RODRIGUEZ PASTOR MJ
7 DOZA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.