Tipo de Norma: Ley
Número: 23725
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23725AUTORIZAN EL AUMENTO DE LA CUOTA DEL PERU EN EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL DE 246’000,000 A 330^00,000 DE DERECHOS ESPECIALES DE GIRO
LEY No. 23725
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente:
El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1.— Autorízase el aumento de la cuo_ tft del Perú en el Fondo Monetario Internacional, de Doscientos Cuarentiséis Millones de Derechos Especiales de Giro (DEG 246*000,000) a Trescientos Treinta Millones Novecientos Mil de Derechos Espe Oíales de Giro (DEG 330*900,000).
Artículo 2— De conformidad con las disposiciones de la Ley N 10640, el Banco Central de Re_ Serva del Perú atenderá los egresos que se originen por el artículo anterior y emitir a los pagarés ti otros documentos necesarios para efectuar el alimento a que él se contrae.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dos días del tties de Diciembre de rail novecientos ochentitrés.
RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO. Presidente del Senado.
ALEJANDRO MONTOYA SANCHEZ, Primer Vice—Presidente de la Cámara de Diputados.
DOMINGO ANGELES RAMIREZ, Senador Se„ cretario.
PEDRO BARDI ZEÑA, Diputado Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.
POR TANTO !
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de Diciembre de mil nove., cientos Ochentitrés.
FERNANDO BELAUNDE TERRY, Presidente
Constitucional de la República.
CARLOS RODRIGUEZ PASTOR MENDOZA. Ministro de Economía, Finanzas y Comercio.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.