Ley Nº 23674

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 23674

CONCEDEN PENSION DE GRACIA A DOÑA MARIA REICHE NEIJMANN

RESOLUCION LEGISLATIVA N' 23f»74 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

I

El Congreso ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente'

El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder ejecutivo, formulada de acuerdo con el Artículo

I9(P de la Constitución Política del Estado, ha re-

*

suelto conceder Pensión de Gracia a doña MARIA REICHE NEUMANN, por la suma mensual equivalente a cuatro (4) sueldos mínimos vitales vigente para los trabajadores de la industria y comercio de la actividad privada de la Provincia de Lima, siempre que no exceda del limite establecido en el Artículo 4 del Decreto Supremo N 022—81— JUS, de 22 de setiembre de 1981, que norma el Otorgamiento de Pensiones de Gracia.

La pensión de gracia a que se refiere el párrafo anterior, se otorgará a partir de Ja fecha de promulgación de la presente Resolución Legislativa; 68 personal e intransferible y no genera derecho é pensión de sobrevivientes.

El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima a los quince días del mes de setiembre de mil novecientos ochenti-trés,

RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO, Presidente del Senado.

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC, Prest-dente de in Cámara de Diputados.

DOMINGO ANGELES RAMIREZ, Senador Secretario .

PEDRO BARDI ZEÑA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República .

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la ("asa de Gobierno en Lima, a loa dieciséis días del mes de setiembre de mil novecientos oebentitrés.

FERNANDO PELATJNDE TERRY, Presidente Constitucional de la República.

PATRICIO RICKETTS REY DE CASTRO, Ministro de Educación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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