Tipo de Norma: Ley
Número: 23663
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23663RESTABLECEN LA EMISION DE LA ESTAMPILLA “PRO RESTAURACION
DE CHAN CHAN”
LEY N* 23663
SANDRO MARI ATEO 131 CHIAPPE
Presidente de la Comisión Permanente
del Congreso
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente EL CONGRESO DR LA REPUBLICA DEL
Ha dado la ley siguiente:
Articulo l—Restablécese la emisión da la estas»* pilla “Pro Restauración de Chan Chan”, de uso obligatorio en la correspondencia Interna del país y cuyo valor actualizado m fija en la suma de olen soles.
Articula ft—El Instituto Nacional da Cultura, por Intermedio de su filial en la dudad de Trujtllo propondré, al diaafto y danés características de los senos postales mencionadoe en artículo anterior.
Articulo 1*—El producto de la venta de la estam-pilla “Pro Restauración da Ohan CbanM, constituiré fondo general del Tesoro conforme a lo dispuesto por el Decreto Ley N 12847 y aeré Invertido, por intermedio del Instituto Racional de Cultura Filial
Trujillo. exclusivamente en las obras da restauración dd las minas arqueológicas de Ohan Chan.
Articulo 4*—Uta vas concluidas las obras de restauración de laa ruines de Chan Chan, la recaudación por el ooncepto señalado en el articulo ante-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.