Tipo de Norma: Ley
Número: 23655
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23655LAS EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS PUBLICOS SUJETAS A CON TROL TARIFARIO, QUE OPERAN BA JO CUALQUIERA DE LAS FORMAS DE ACTUACION EMPRESARIAL PREVIS TAS EN LA LEY, QUE CAPITALICEN SUS EXCEDENTES DE REVALUACION, ESTAN COMPRENDIDAS EN LO ESTA BLECIDO POR EL ARTICULO 55’ DE
LA LEY No. 23509
LEY Ni 23655
SANDRO MARIATEGUI CHIAPPE
Presidente de la Comisión Permanente
del Congreso
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
DEL PERU
Ha dado la ley siguiente:
Artículo Unico.— Las empresas que prestan servicios públicos sujetas a control tarifario, que operan bajo cualquiera de las formas de actuación empresarial previstas en la ley, que capitalicen sus excedentes de re valuación, están comprendidas en lo establecido por el artículo 55 de la Ley No. 23509. Están comprendidas también en lo dispues.
to por el citado dispositivo legal, las mismas empra. sas que hayan capitalizado sus excedentes de revaluación correspondientes a los ejercicios de 1980 y 1981.
Comuniqúese al Presidente de la República pa. ra su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treintiun días del mes de Mayo de mil novecientos ochen, ta y tres.
SANDRO MARIATEGUI CHIAPPE, Presidente del Senado.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO, Presidente de la Cámara de Diputados
PEDRO DEL CASTILLO BARDALBZ, Senador Sccrsisrio
HUMBERTO CASTRO RIVAS, Diputado Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgado oportunamente por el Presidente de la República, en observancia de lo dispuesto en el Artículo 193 de la Constitu.
clon, mando se publique y se comunique al Minis. terio de Economía, Finanzas y Comercio, para su
cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecinueve
días del mes de Julio de mil novecientos ochenta
y tres.
SANDRO MARIATEGUI CHIAPPE, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso.
JAIME CHENEFFUSSE CARRERA, Senador Secretario de la Comisión Permanente del Congreso.
GILBERTO MUÑTZ CAPARO Dioutado Secre. tario de la Comisión Permanente del Congreso. Lima.22 de Julio de 1983.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publfquese y archívese.
LUIS PERCOVICH ROCA, Ministro del Tnte. rior. Encargado de la Cartera de Economía, Finanzas y Comercio.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.