Tipo de Norma: Ley
Número: 23644
documento PDF
23644DECLARAN DE NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICAS LA EXPROPIACION DE LOS BAÑOS TERMALES DE CHANCOS, DE PROPIEDAD DE LA BENEFICENCIA PUBLICA DE
HUARAZ
LEY N° 23644
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente de la Comisión Permanente del Congreso
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;
Há dado la ley siguiente:
Artículo 1—Declárase de necesidad y utilidad públicas la expropiación de los Baños Termales de Chancos, de propiedad de la Beneficencia Pública de Huaraz, a nombre de la Municipalidad Distrital de Marcará de la Provincia de Carhuaz del Departamento de Ancash.
Articulo 2— Encárgase al Poder Ejecutivo la expropiación a que se refiere el artículo anterior, de conformidad con la Ley N 9125 y demás disposiciones legales pertinentes, debiendo abonar el justiprecio respectivo el Concejo Municipal de Mareará de acuerdo al artículo 125* de la Constitución Política del Estado.
Artículo 3-—Deróganse todas las leyes y demás disposiciones que se opongan a la presente ley.
Artículo 4—Esta ley entrará en vigencia al día siguiente de su promulgación.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso en Lima, a los siete días del mes de febrero de mil novecientos ochen ti tres.
SANDRO MARIATEGUI CHIAPPE, Presidente del Senado
Valentín paniagua corazao, Presidente
de la Cámara de Diputados
PEDRO DEL CASTILLO BARDALEZ. Senador Secretario
HUMBERTO CASTRO RIVAS, Diputado Secretario
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
No habiendo sido promulgado oportunamente por el señor Presidente de la República; en observancia de lo dispuesto en el artículo 103° de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Industria, Turismo e Integración, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los ■ quince dias del tres de junio de mil novecientos ochentitres.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO, Presidente de la Comisión permanente del Congreso.
JAVIER DIAZ ORIHUELA, Senador Secretario de la Comisión Permanente del Congreso.
JULIO MUÑIZ CAPARO, Diputado Secretario de la Comisión permanente del Congreso.
Lima, 28 de junio de 1983.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
GONZALO DE LA PUENTE Y LA VALLE, Ministro de Industria, Turismo e Integración.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.