Tipo de Norma: Ley
Número: 23533
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23533CREA EL DISTRITO DE ANRA, EN LA PRO V1NCJA DE HUAR1, DEL DEPARTAMENTO DE
ANCASH LEY No. 23533
Artículo lo.- Créase el Distrito de Anra, en la Provincia de Huari, del Departamento de Ancash, cuya capital será el Pueblo de ese nombre.
Artículo 2o.— El Distrito de Anra estara constituido por el referido Pueblo y el centro poblado de Alrayán, que se segregarán del Distrito de tico. y los Pueblos de Cascay Alto y Cascay Bajo, los Caseríos de Contán y Trebolpampa y los centros poblados de Sauce y Huarangal, que se segregan del Distrito de Huacachi.
Artículo 3o.- Los límites del Distrito de Anra serán los siguientes:
Por el Norte: El Distrito de Uco que se inicia en cirio Puchca, 700 metros después de la desembocadura del río para ascender hacia las cumbres con dirección al Cerro Shaga (cota 4051) y Cerro Mall-gash, pasando por la quebrada de Acuragra y la divisoria de las aguas.
Por el Este: Con el Distrito de Paucas y la Pro-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.