Tipo de Norma: Ley
Número: 23512
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23512EN TODOS LOS CEMENTERIOS PUBLICOS DE LA REPUBLICA SE RE. SERVARA UN AREA SUFICIENTE, PARA PERMITIR QUE EN FORMA-GRATUITA FAMILIAS SIN RECURSOS ECONOMICOS, PUEDAN CUMPLIR CON DAR SEPULTURA A AQUELLOS DE SUS MIEMBROS QUE FALLEZCAN
LEV N) 22512
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.