Ley Nº 23442

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 23442

SE DECLARA DE NECESIDAD LA REALIZACION DE LOS ESTUDIOS PARA LA CONSTRUCCION DE UN FERROCARRIL QUE UNA EL PUERTO DE CHIMBOTE CON UN PUNTO NAVEGABLE SOBRE EL RIO

MARAÑON

LEY Nr 2X442

JAVIER ALVA ORLANDINI, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL, CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1 — Declárase de necesidad y utilidad pública la realización de los estudios necesarios para la construcción de un ferrocarril que una el Puerto de Chimbóte con un punto navegable sobre el río Marañón.

Artículo 2 — Encárgase al Poder Ejecutivo la realización de los estudios a que se refiere el Artículo precedente, de acuerdo a las posibilidades del Presupuesto Nacional, y teniendo en cuenta para tal fin, la Ponencia presentada por el señor Ingeniero don Fortunato A. Marín Zelada. Presidente de la Delegación de la Sociedad de Ingenieros del Perú ante la XIII Convención de la Unión Panamericana de Asociaciones de Ingenieros —UPADI— celebrada en Toronto, Canadá, el año 1974.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, al primer día del mes de Junio de mil novecientos ochentidós.

JAVIER ALVA ORLANDINI, Presidente del Senado.

LUIS PERCOVICH ROCA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MARIO SERRANO SOLIS, Senador Secretario .

FRIDA OSORIO DE RICALDE, Diputado Secretaria.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada oportunamente por el señor Presidente de la República; en observancia de lo dispuesto en el artículo 193 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su cumplimiento

Dada, en la ciudad de Ca jama rea, a los diecisiete días del mes de Junio de mil novecientos ochentidós.

JAVIER ALVA ORLANDINI, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso.

DOMINGO ANGELES RAMIREZ, Senador Secretario de la Comisión Permanente del Congreso.

MANUEL ARCE ZAGACETA, Diputado Secretario de la Comisión Permanente del Congreso.

Lima, 18 de Junio de 1982

Cúmplase, comunique.se, regístrese, publíquese y archívese.

FERNANDO CHAVES BELAUNDE, Ministro de Transportes y Comunicaciones.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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