Tipo de Norma: Ley
Número: 23393
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23393POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco dias del mes de Mayo de mil novecientos ochentidos.
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
ENRIQUE ELIAS LAROZA
EL GOBIERNO INCREMENTA Y CONCEDE PENSIONES DE GRACIA EN FAVOR DE VARIAS PERSONAS
LEY N° 23393
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO :
El Congreso ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU.
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
El Congreso, en vista de la iniciativa del poder Ejecutivo formulada de acuerdo con el Articule 190° de la Constitución Politica del Estado, ha resuelto conceder en vüi de gracia, a doña MARIA
Carlota espinar quija de romero, un alimento en la pensión de .grada» de SA 15,000.00 mensuales que actualmente percibe, la que alcanzará él equivalente a un suéldüo y medio» mínimo vital vigbnte para los trabajadores de la industria Y comercio en la Provincia de- Lima.
La pensión a que se refiere el párrafo anterior es a partir de la vigencia de la presente Resolución Legislativa; es personal e intrasferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.
El Ministerio de Guerra queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los ventiun dias del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y dos.
JAVIER ALVA ORLANDINI, Presidente del Senado.
LUIS PERCOVICH ROCA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MARIO SERRANO SOLIS, Senador Secretario. RAUL MEZA GAMARRA, Diputado Secretario.
Al Presidente Constitucional de la República.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.