Tipo de Norma: Ley
Número: 23387
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23387RESOLUCION LEGISLATIVA Ni 23387
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado (a Resolución Legislativa siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Eiecutivo formulada de acuerdo con el Artículo 190 de la Constitución Política del Estado, ha resuelto conceder pensión de gracia en el monto y a la persona que se indica a continuación:
Concédase pensión, en vía de gracia, en la suma mensual equivalente a un suelto y medio mínimo vital mensual fijado para ia industria y el comercio en la Provincia de Lima, a favor de doña Berma Cornejo Resello en su condición de hija única soltera, de' que fue Teniente Coronel Ismael Cornejo Paredes, Vencedor Calificado de la Batalla de Tarapncá.
La pensión a que se refiere el pórrofo anterior es a partir de la vigencia de ia presente Resolución Degislativ a; es personal e intransferible, y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.
El Ministerio de Guerra queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa.
Comuniqúese al Presidente de la República para su prómulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta dos.
JAVIER ALVA ORLANDINI, Presidente del Senado.
LUIS PERCOVICH ROCA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MARIO SERRANO SO US, Senador Secretario.
RAUL MEZA GAMARRA, Diputado Secretarlo..
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO*
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de Mayo de mil novecientos Ochentidós.
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
ENRIQUE ELIAS LAROZA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.