Tipo de Norma: Ley
Número: 23362
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23362EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguen te;
El Congreso de la Repúblca del Perú;
Ha d^do la ley siguiente:
Articulo 1»—Ampliase el Presupuesto del Sector Público Nacional para 1981, por la cantidad de Ciento Ochentitrés Millones Ciento Noventiséis Mil Soles Oro (S/. 183’196,000). conforme al siguiente detalle:
S /.
VOLUMEN 01: GOBIERNO CENTRAL TITULO I: INGRESOS CAPITULO II: INGRESOS PROPIOS
Artículo 29—Autorizase una Transferencia de Partidas por lá suma de Diez Millones de Soles Oro (S(. 10*000,000), en el Presupuesto del Sector Público Nacional para 1981, conforme a siguiente detalle:
DEL:
VOLUMEN 04: Gobiernos Locales y Sociedades de Beneficencia Pública PLIEGO 0002: Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo
FINANCIAMIENTO
CAPITULO n: Ingresos Propios Bf. 10*000,000
ASIGNACIONES GENERICAS
04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
04.04 A las Instituciones Públicas
10*000,000
1.0.01.4.0
Ingresos Corrientes Venta de Bienes Corrientes y de Servicios
1.4.2 Industriales
1.4.2.31 Copias, formularios y Bases de Licitación 1.4.5 De Salud
p ,
1.4.5.15 Hospitalizaciones y Otros
1.4.5.16 Consultas Médicas
183’196,000 183’196,000 3646,000 3’646,000
3’646,000
179’55O,O0O
121’739,000
57*811,000
TOTAL PLIEGO 183*196,000
AL
VOLUMEN Ql: Gobierno Central TITULO I: Ingresos
CAPITULO TV: Ingresos por Transferencias 1.0.0 Ingresos Corrientes
1.7.0 Transferencias Corrientes 1,7.2 Internas: Del Sector Público
—Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo Bl. 10*000,000
TITULO II: EGRESOS PLIEGO 34.00: Organismo de Desarrollo de La Libertad Programa 34.07: Salud
Jefatura Responsable: Dirección Regional de Salud ASIGNACION GENERICA
02.00 BIENES S f. 10*000,000
TITULO II: EGRESOS PLIEGO 34.00: Organismo de Desarrollo de La Libertad
Programa 34.07: Salud Jefatura Responsable: .Dirección Regional de Salud
ASIGNACIONES GENERICAS92,00 BIENES 162’WMXXfc03.00 SERVICIOS
J.7’500,
Artículo 3^—En el término de quince (15) días contados a partir de la vigencia de la presente Ley, el Organismo de Desarrollo de La Libertad aprobará la desagregación a nivel de asignaciones es* pecíflcas de los móntos autorizados en los Artículos precedentes. Copia de las respectivas Resoluciones serán transcritas a los Organismos que señala la Ley 23233.
Artículo 49—La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano”.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación".
TOTAL PROGRAMA 179*550,000
Programa 34.12: Proyecto Hidroenergétlco CHAV1MOCHIC
Jefatura Responsable: Dirección Ejecutiva del Proyecto Hidroenergético
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días
del mes de Diciembre de mil novecientos ochen-tiuno.
JAVIER ALVA Senado.
ORLANDINI, Presidente det
CHAVIMOCHIC ASIGNACION GENERICA07.00 ESTUDIOS
3*646,000
Proyecto Hidroenergético CHAVIMOCHIC
LUIS PERCOVICH ROCA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MARIO SERRANO SOLIS, Senador Secretario.
PRIDA OSORIO DE RICALDE, Diputado Secretarlo .
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
TOTAL PROGRAMA 3'646,000
TOTAL AMPLIACION 183*196,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.