Tipo de Norma: Ley
Número: 23360
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23360GOBIERNO APRUEBA Y MODIFICA AMPLIACIONES Y TRANSFERENCIAS PRESUPUESTALES A FAVOR DE MINISTERIOS Y ORGANISMOS
DEL ESTADO
ASIGNACION GENERICA
08.00 OBRAS 230'800,000
PROYECTOS:
DEPARTAMENTO DE TACNA
LEY N’ 233C0
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
CEI. 197 El Orfeón 15*480,00
CEI. 229 San Martín 23'160,000
CEI. 198 Francisco Lazo 34*100,000
CE. 42002 Av. 2 de Mayo 33*880,000
CE. 43008 Av Bolognesi 44*400,000
El Congreso ha dado la ley siguiente:
141*080.1
El Congreso de la República del Perú:
Ha dado la ley siguiente:
Artículo B — Amplíase el Presupuesto del Sector Público para 1981 en la cantidad de Doscientos Setenta Millones Ochocientos Mil Soles Oro (6/. 270’800,000) con cargo al fínanciamíento autorizado por la Ley N» 23318 y conforme al siguiente detalle:
DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA
CE. 43015 Calle Moquegua CE. 43025 CEI 152
CE. Santa Fortunata CE 43014
30l040,000
30’G40,OOO
11*640,000
10*000,000
a’ooo.ooo
89*720,000
FtlCA
nH
40*000,000
VOLUMEN 01: Gobierno Central TITULO I: Ingresos
CAPITULO I: Ingresos del Tesoro público 2.0. 0: Ingresas de Capital 2.3.0: Endeudamiento 2 3.2: Interno: Bonos
2.3.2.01: Bonos de Inversión Pública 270*800,000
TITULO II: Egresos SECTOR 06: Justicia PLIEGO 06: Ministerio de Justicia PROGRAMA 601: Central Jefatura Responsable: oficina General de Administración
ASIGNACION GEN!
08 00 OBRAS
PROYECTOS:
TOTAL PLIEGO: S/. 230*800,000
TOTAL: 270*800,000
Articulo 2* — En el término de quince (15) dias contados a partir de la vigenoia de la presente Ley, los Pliegos considerados en la Ampliación presupuestal a que se refiere el Artículo precedente aprobarán la desagregación de los montos autorizados a nivel de asignaciones específicas. Copia de las respectivas Resoluciones serán transcritas a. los Organismos que señala la Ley 23233.
Artículo 3* — La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. “El Peruano”.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de Diciembre de mil novecientos ochen-
Reconstrucción y Rehabilitación de Iglesias
(San Francisco de Asís, Compañía, San Juan de Dios, Santa Ana y Santa Teresa de Jesús)
TOTAL PLIEGO; Sf. 4OrO0O,OO©
tiuno.
JAVIER ALVA ORLAN DIN I, Presidente del
Senado.
LUIS PEEjCOVTCH ROCA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MARIO SERRANO SOLIS, Senador Secretario.
FRIDA OSORIO DE RICALDE, Diputado Secretario .
PLIEGO 32: Organismo Regional de Desarrollo de Tacna y Moquegua PROGRAMA 32.06: Dirección Regional de Educación
Jefatura Responsable: Dirección Regional de Educación
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA,
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno ,en Urna, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochentíuno.
FERNANDO BELAUNDE TERRY, Presidente Constitucional de la República,
MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente del Consejo de Ministros.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.