Tipo de Norma: Ley
Número: 23202
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23202Elevan el capital autorizado a EMSAL
DECRETO LEY No. 2320*
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo lia dado el Decreto - Ley ai-guíente !
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Ley 18023 fue aprobada la Ley Orgánica de la Empresa de la Sal — EMSAL—5
Que el articulo 6* de la citada Ley Orgánica establece que •1 Capital Autorizado de la Empresa de la Sal es de Quinientos Millones Soles Oro (S/. 500’000,000.00);
Que es conveniente elevar el referido Capital Autorizado para permitir una mejor operatlvldad a la Empresa de la Sal —EMSAL—, que refleje una real proyección del movimiento del Capital Pagado, registrado entre los años 1971 - 1980;
En uso de las facultades de que está Investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo do Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo Unico.— Modificase el articulo 8’ del Decreto Ley 18923, Ley Orgánica de la Empresa de la Sal —EMSAL—, debiendo quedar redactado de la siguiente manera:
“Articulo 6»
El Capital Autorizado dfl la Empresa de la Sal —EMSAL—, es de Dos Mil Millones Soles Oro (S/. 2,OOO’OOO,000.00), Integramente suscrito por el Estado.
El Capital Autorizado podré ser aumentado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas e Industria, Comercio, Turismo • Integración”.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos ochenta.
General de División EP. FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI, Presidente de la República.
General de División EP. PEDRO RICHTER PRADA, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP. LUIS ARIAS GRAZIANI, Ministro de Aeronáutica.
Vicealmirante AP JUAN EQUSQUIZA BABILONIA, Ministro de Marina.
Embajador, ARTURO GARCIA Y GARCIA, Ministro de Relaciones Exteriores.
Doctor JAVIER SILVA ruete, Ministro de Economía y Finanzas.
General de División EP JOSE aUABLOCHE RODRIGUEZ, Ministro de Educación.
Vicealmirante AP. JORGE DU bois GERVASI, Ministro de Industria, Comercio, Turismo e Integración.
General de División EP. rene balarezo VALLEBUO-NA, Ministro de Energía ; Minas.
General de División EP. JOSE SORIANO MORGAN, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Teniente General PAP. EDUARDO rivasplata hurtado, Ministro de Salud.
Teniente General PAP. JAVIER ELIAS VARGAS, Ministro de Trabajo.
General de. Brigada EP. CESAR ROSAS CRESTO, Ministro de Vivienda y Construcción.
Contralmirante AP. JORGE VILLALOBOS URQUIAGA, Ministro de Pesquería.
General de Brigada EP, CESAR IGLESIAS BARRON, Mililitro dtá Interior.
General de Brigada EP. CARLOS GAMARRA PEREZ EGA-NA, Ministro de Agricultura y Alimentación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 19 de julio de 1980.
General de División EP FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI.
General de División EP PEDRO RICHTER PRADA. Teniente General FAP LUIS ARIAS GRAZIANI. Vicealmirante AP JUAN EGURQUT7.A "a^tLONIA. Vicealmirante AP JORGE DU BOTS GERVASI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.