Tipo de Norma: Ley
Número: 23141
documento PDF
23141Constituyen en Sub-Pliegos Presupuestes
de Fuerzas PolicialesDRLUETO LEY N* 23141 EL rRESIDENTE DE LA REPUBLICA, pon CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decrelo Ley siguiente EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que Ina Fuerzo* Policiales tienen por finalidad fundamental mantener el orden Interno, preservar y conservar el orden público, garantizar el cumplimiento de las leyes, la seguridad de los personas y loa patrimonios público y privado, asi como prevenir y combatir Ja delincuencia! participando con la Fuerza Armada en Ja Defensa Nacional;
Que para el mejor cumplimiento de tal finalidad es neoe-•nrio constituir en Sub-Pliegns a los Programas Presupuestarlos de la Guardia civil, Policía de Investigaciones y Guardia Republicana del Perú, a fin de permitir mayor agilidad en el uso de sus recursos presupuestarios, sin enervar las atribuciones que la ley confiere al Titular del Pliego;
En uso de las facultades de que está Investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente;
Articulo 1* — Los Programas Presupuestarlos de la Guar-día Civil, de la Policía de Investigaciones y de la Guardia Republicana del Perú se constituyen en Sub-Fllegoe del Ministerio del Interior, a partir del 1 de agosto de 1980.
Articulo 2* — Las Oficina* de Planificación y las Direcciones de Economía de la Guardia Civil, de la Policía de Investigaciones y de la Gunrdia Republicana del Perú se encargaran de la Programación, Formulación, Ejecución y Control de «us respectivos Sub-Pltegos, para cuyo efecto, sus respectivos Directores Superiores recibirán directivas e Informarán* en su caso, directamente al Jefe del Pliego.
Articulo 3* — El cumplimiento del presente Decreto Ley no irrogará gastos adicionales al Tesoro Público.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.