Tipo de Norma: Ley
Número: 23137
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23137Conceden Pensión en vía de Gracia a doña Isabel Ayulo Lacroix Viuda de Basadre
DECRETO LEV N* 23137
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
TOR CUANTO:
El Gobierno Rcvoluclonnrlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que, el doctor Jorge Basadro Orohmann, prestó entínenles servirlos «l Estado, tanto como maestro universitario, asi como Director de la Biblioteca Nacional, participando a su vex, en su reconstrucción; fundador de la Escuela de Bibliotecarios y Ministro de Estado en el Despacho de Educación, cargos desde los cuales participó en forma valiosa a la Nación;
Que, su brillante y fecunda obra en el campo de la Historia, ha aportado al desarrollo cultural del pnis, elevada figura de humanista, Inclito historiador, lia alcanzado prestigio nacional e Internacional;
Que, es deber del Estado enaltecer la memoria de quienes como el doctor Jorge Basadre Grohmann, han contribuido al prestigio del país; acordando como reconocimiento a sus altos méritos, con la pensión en via de Gracia o favor de su cónyuge sobreviviente doña Isabel Ayulo Lncrolx Viuda de Basadre;
De conformidad con el Artículo 120» de la Constitución Política del Estado;
En uso de las facultades del que esl& Investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo 1*— Concédese Pensión en vía de Grítela a dofía Isabel Ayulo Lacroix Viuda de Basadre, la suma de Cincuenta Mtl Soles Oro (S/. 50,000.00) mensuales, a partir de la vigencia del presente Decreto Ley; dejando a salvo, el derecho a solicitar
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.