Tipo de Norma: Ley
Número: 23087
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23087Skk.rperú importará 20 mil TM do ffarro do construcción
DECRETO LEY N* 23087 EL PRESIDENTE DE I*A REPUBLICA POR CUANTO'
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto Ley difluiente:
I
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Siderúrgica del Perú —fllDEIlPEUU— de acuerdo con las disposiciones contenidas en su Ijey Orga-nlca (Decreto Ley N* 10034), eslá autorizada n realizar operaciones de comercialización de productos siderúrgicos qu* garanticen su capacidad de abastecimiento al mercado nacional.
Que, la Empresa Siderúrgica del Perú —SIDERPERU— cstA obligada a cubrir las necesidades de productos siderúrgicos del mercado Interno en cantidad, oportunidad y a los precios autorizados.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.