Ley Nº 23085

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 23085

8,

Se apruebe condiciones para finan cía miento de Planta da

Agua Potable No. 2• de Lima

Teniente General PAP, EDUARDO RIVASPLATA HURTA DO, Ministro de Salud.

DECRETO LEY No. 33085

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente!

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

General de División EP JOSE GUABLOCHE RODRIGUJ Ministro de Educación.

Vicealmirante AP JORGE DU BOIS GERVASI, Ministro de Industria, Comercio, Turismo e Integración.

General de División EP RENE BALAREZO VALLEBUONA, Ministro de Energía y Minas.

General de División EP JOSE SORIANO MORGAN, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Que, por Decreto Ley No. 22799 se autorizó la financiación de la Planta de Tratamiento de Agua Potable No. 2 de Lima;

Que, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 2* del mencionado Decreto Ley debe aprobarse mediante Decreto Ley las condicione^ específicas del íinanciarrüento;

En uso de las facultades de que está investido; y.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico.— Las condiciones específicas de financiación a que se refiere el Artículo 29 del Decreto Ley No. 22799 serán los siguientes:

a) La parte del préstamo en eurodólares que se aplicará, a la financiación de los anticipos y gastos locales del Proyecto tendrá un plazo de amortización de 10 años que incluye ua periodo de gracia no menor de 45 meses, devengando intereses a la tasa de 1.1/47» sobre la tasa interbancaria de Londres, una comisión de compromisos de 0.5% anual sobre lo* saldos no utilizados y una comisión de gestión de 0.5% sobre el monto total del préstamo.

b) La parte del préstamo que se aplicará a la compra del componente importado de. Proyecto, en forma de crédito ai comprador, tendrá un plazo de amortización mayor de 10 años a partir de la entrada en vigencia del contrato comercial, qu® Incluye un plazo de gracia no menor de dos años y séis meses devengando intereses a la tasa del 7.5% anual más el Seguro de Crédito a la exportación y una comisión de compromiso de 0.3% anual sobre los saldos no utilizados y otra de gestión de 0.3% por una sola vez sobre el importe del crédito.

Encargado de la Cartera de Trabajo.

General de Brigada EP CESAR ROSAS CRESTO, Ministro de Vivienda y Construcción.

Contralmirante AP JORGE VILLALOBOS URQUIAGA, Ministro de Pesquería.

General de Brigada EP CESAR IGLESIAS BARBON, Ministro del Interior.

General de Brisada EP CARLOS GAMARRA PEREZ EGA-RA, Ministro de Agricultura y Alimentación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 11 de Junio de 1980.

General de División EP. FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI.

General de División EP., PEDRO RICHTEFl FRADA.

Teniente Genera] PAP., LUIS ARIAS GRAZIANI.

Vicealmirante AP. JUAN EGUSQUIZA BABILONIA.

Doctor, Javier SILVA IlUETE.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once dias tíel mes de Junio de mil novecientos ochenta.

General de División EP FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI, Presidente de la República.

General de División EP.. PEDRO RICHTER PRADA, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro j de Guerra.

Teniente General F.A.P. LUIS ARIAS GRAZIANI. Minis-

ele Aeronáutica *

Vicealmirante AP JUAN EGUSQUIZA BABILONIA, Ministro de Marina.

Embajador ARTURO GARCIA T GARCIA, Ministro de Relaciones Exteriores.

Doctor JAVIER SILVA RÜETE, Ministro de Economía 7 Finanzas.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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