Tipo de Norma: Ley
Número: 22948
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22948Modifican tasas que gravan a los vehículos automóviles
in;i;itr/io lev n« 220 ib FL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
roa cuanto:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto — I.cy til-calente t
EL OOMEIUIO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que el Programa Económico 197#—1990 plantea como tina de rus acciones la revisión de los tosas del Impuesto a los bienes y servicios;
Que en tul virtud y luego del análisis correspondiente, so ha considerado necesario modificar la* tases del mencionado Impuesto que gruta a lo» vehículos automóviles;
En liso ilo los facultades de que está Investido; y
Con el voto o probatorio de! Consejo de Ministros:
lia dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo 1— Excluyese del Apóndlce II — B del Decreto Ley 22571. los sliniienLes bien#»**
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.