Ley Nº 22919

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 22919

DICTAN PAUTAS PARA DESOCUPACION DE TIERRAS INVADIDAS O USURPADAS DE PROPIEDAD PUBLICA Y PRIVADA

DECRETOJLEY N 22919

CONSIDERANDO:

Que en diferentes lugares del País se vienen intensificando invasiones y usurpaciones de tierras rústicas de propiedad pública y prL vacia en desmedro del orden jurídico y con fmes contrarios a la Reforma Agraria;

Que, en consecuencia, es necesario estable, cer, dentro del procedimiento regido por el D.L. 17110, pautas destinadas a ia inmediata desocupación de las tierras invadidas o usurpadas, sin perjuicio de la responsabilidad pe.

iuu que CMdiuece m tcKUiuuuii uc td uidiciui,

En uso de las facultades de que está iu. \estido; y.

Con el rulo aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el DecretoJLey siguiente;

Art. 1»— Adiciónase al D.L. 17110 el Art. siguiente:

"Art. )3v— En los casos a que se reiiere la Tercera Disposición Especial del Texto Unico Concordado del D. L. 17716, el Juez Instructor por el sólo mérito de la denuncia, debida, mente recaudada con instrumento fehaciente probatorio del derecho del denunciante, realizará una inspección ocular en el plazo de <8 huras de recibida la misma más el término de la distancia. En dicha diligencia los denun. ciados podrán ofrecer las pruebas que estimen convenienles, las que se actuarán en el acio.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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