Tipo de Norma: Ley
Número: 22879
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22879Prorrogan mandato de Presidente y de miembros del actual Comité de Vigilancia del Seguro Social
DECRETO LEY N* 22879EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto—Ley siguiente:
El. GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 40* del Decreto I-rCy 20212, los miembros del Comité de Vigilancia de Seguro Social del Perú, deben ser renovados en el curso del primer semestre del presente liño;
Que encontró mióse el Seguro Social del Perú, realizando Importantes y trascendentes proyectos de infraestructura liospi-™ están abocados los actúa-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.