Tipo de Norma: Ley
Número: 2269
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02269LEY N 22G9
Suprimiendo la parte final de la ley No. 2159, sobre, exportación de alpodón del valle de Sama
Artículo único. — Suprímese la parte final de la ley N 2159 que dice: ('y «pie se exporte por el puerto de lio”.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la saln.de sesiones del Congreso, en Lima,á los veintinueve días del mes de setiembre de mil novecientos dieciseis.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Amador F. dkl Solar, Presiden te del Senado. —J. M. Manzanilla, Presidente 'lela Cámara de Diputados.—A. Eduardo Lanatta, Senador Secretario.—Luis d. Carrillo, Diputado Secretario.
Considerando:,
Que la taxativa á que se refiere la par-te final de la ley N c. 2159, lince imposi ble la exportación del algodón que se produce en el valle de Saína del depar* tamonto de Tacna, puesto que ella ha resultado sumamente onerosa para los productores de dicho artículo;
Ha dado la ley siguiente:
Al Hxcrno. Señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publi-, que y circule, y se le dé el debido cumplirá ien to.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos dieciseis.
José Pardo.
A. García r Lastres.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.