Tipo de Norma: Ley
Número: 22664
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22664DECRETO LEY N* 22864
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO :
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:
EL GOBIERNO REWDLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, el programa económico 1978—1980 contempla la conversión de los Impuestos específicos en impuestos ad-valorem, con •I fin de dotarlos de mayor elasticidad;
Que, los combustibles derivados del petróleo están gravados con un impuesto especifico al consumo por lo que resulta conveniente su conversión a impuesto ad-valorem;
Que, asi mismo es necesario reestructurar el impuesto a que se refiere el considerando anterior con el objeto de generar recursos adicionales para atender parcialmente los incrementos salariales de los trabajadores públicos del Sector Educación;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo I. — El Impuesto Fiscal a los productos derivados
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.