Tipo de Norma: Ley
Número: 22655
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22655Autorizan a Comité de Taxis importar cuarenta automóviles para Ruta Tacna-Arica-Tacna
DECRETO LEY N* 22655Mayor General F.A.P., EDUARDO RIVASPLATA HURTADO, Ministro de Salud.
Mayor General FAP JAVIER ELIAS VARGAS, Ministro de Trabajo.
General de Brigada EP CARLOS GAMARRA PEREZ EOA-fSA, Ministro de Agricultura y Alimentación.
General de Brigada EP., FERNANDO VELTT SABATTINI, Ministro del Interior.
POR TANTO:
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Mando se publique y cumpla.
POR CUANTO:
Tacna, 27 de Agosto de 1979
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto - Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO»
Que el servicio público de transporte de pasajeros, en automóviles, qué se viene brindando internacionalniente, requiere realizarse en unidades debidamente acondicionadas y con similares características a las que usan para el mismo servicio los países vecinos;
Que los vehículos adecuados para el indicado servicio no se producen en el país, conforme se comprueba por el correspondiente certificado de competencia emitido oportunamente;
Que para tal efecto es necesario dictar las medidas para que el Comité Unico de Taxis "Chasquitur”, que presta el servicio público de transporte de pasajeros en la ruta internacional Tacna-Arica-Tacna, renueve su flota vehicular a fin de atender eficientemente el servicio antes mencionado, mediante ia importación de vehículos adecuados;
Que por estas razones, y por excepción, es necesario autorizar la importación de los vehículos que utilizaré el Comité en referencia, con las liberaciones Fiscales y Aduaneras correspondientes;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1*— Autorizase al Comité Unico de Taxis "Clias-quitur” con sede en Tacna, la importación de cuarenta (40) automóviles, con o sin equipo completo, para prestar el servicio público de transporte de pasajeros en la ruta Internacional Tacna-Arica-Tacna.
Articulo 2<*— La Importación a que se refiere el artículo anterior, estará exonerada de los derechos arancelarlos y específicos, además del correspondiente a bienes y servicios; acota-bles en la póliza de importación.
Articulo 39— Los vehículos serán adjudicados única y exclusivamente a los asociados del Comité Unico de Taxis "CTins-quitur”, los que no podrán transferirlos a terceros, ajenos al Comité, sino después de un mínimo de cinco afios de prestación de servicios en la ruta mencionada.
Artículo 4*— Déjase en suspenso los disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto I-ey.
Dado en la Casa Jurídica de Tacna, a los veintisiete dias del mes de Agosto de mil novecientos setentinueve.
General de División E.P., FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI, Presidente de ln Rcnública.
General de División E.P.. PEDRO RICHTER PRADA. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General F.A.P., LUIS GALINDO CHAPMAN. Ministro de Aeronáutica.
Vicealmirante A.P., CARLOS TIRADO ALCORTA, Ministro de Marina.
Embajador CARLOS GARCIA BEDOYA, Ministro de Relaciones Exteriores.
Doctor JAVIER SILVA RUETE, Ministro de Economía y Finanzas.
General de División E.P., JOSE GUABLOCHE RODRIGUEZ, Ministro de Educación.
Vicealmirante A.P., JORGE DU BOIS GEItVASf, Ministro do Industria, Comercio. Turismo e Integración.
General de Brigada E.P., RENE EALAREZO VALLEBUONA,Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP JOSE SORIANO MORGAN, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP.. CESAR ROSAS CRESTO, Ministro de Vivienda y Construcción.
Contralmirante A.P., JORGE VILLALOBOS URQUIAGA, Ministro de Pesquería
General de División EP FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI.
General de División EP PEDRO RICHTER PRADA. Teniente General FAP LUIS GALINDO CHAPMAN. Vicealmirante AP CARLOS TIRADO ALCORTA.
General de Brigada EP JOSE SORIANO MORGAN.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.