Tipo de Norma: Ley
Número: 2265
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02265LEY N° 2265
Elevando a la categoría de villa los pueblos de Asunción é Ichocán, de la provincia de
Cajamarca
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente
B¡ Congreso de la República Peruana,
lia dado la ley siguiente:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.