Tipo de Norma: Ley
Número: 22552
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22552Modifican Ley Orgánica de Electro-Perú para agilizar sus funciones
DECkICTOEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley 19522 se promulgó la Ley Orgánica que norma a la Empresa Pública Electricidad del Perú —• ELECTROPERU;
Que la experiencia ha demostrado la necesidad de modificar dicha Ley Orgánica, con el fin de uniformar las normas y procedimientos de las Empresas Públicas referentes a la adquisición de bienes o prestación de servicios no personales. asi como a los contratos „ ra la ejecución de estudios y de obras;
Que la modificación en referencia redundará en un mejor cumplimiento de las funciones asignadas a ELECTROPERU:
En uso de las facultades de que está Investido; y
Con el voto aprobatorio fiel Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo Unico. — Modificase el texto del numeral 4 del Inciso b> del artículo 26° del Decreto Ley 195522, en la forma siguiente:
"4) Cuando las condiciones, especificaciones y características técnicas lo requieran, y en casos excepcionales debidamente justificados, se podrá autorizar mediante Resolución del Ministro de Energía y Minas previa aprobación y bajo responsabilidad del Directorio de ELECTROPERU. la contratación y/o adquisición, sin el requisito de concurso de precios o de licitación pública, áegún corresponda, y”
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós dias del mes de mavo de mil novecientos setent ¡nueve.
Genera* de División E.P FRANCISCO MURALES BER-MUDEZ CERRUTT1 Presidente de la República
General de División E.P., PEDRO RICUTER prada, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra, Encargado de la Cartera de Aeronáutica.
Vicealmirante A.P., CARLOS TIRADO AT,CORTA, Ministro de Marina.
Embajador CARLOS GARCIA BEDOYA, Ministro de Delaciones Exteriores.
Doctor JAVIER SILVA RUETE. Ministro de Economía y Finanzas,
General de División E.P.. JUAN SANCHEZ GONZALES, Ministro de Energía y Minas.
General ae División E.P., ELIVIO VANNiNI CHUMPITAZI, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Teniente Genera) F.A.P.. JOSE GARCIA CALDERON KOECHLJN, Ministro de Trabajo
Genera) de División E.P. JOSE GUABLOCHE UODU1-GUEZ. Ministro de Educación.
General de División E.P.. LUIS ARBULU IB AJÑEZ, Ministro de Agricultura y Alimentación
Vicealmirante AP JORGE DU BOIS OERVASI, Ministro de Industria, Comercio, Turismo e Integración.
Geberal de Brigada E.P.. CESAR ROSAS CRESTO. Ministro de Vivienda y Construcción.
Contralmirante A.P„ JORGE VILLALOBOS URQUIAGA. Ministro de Pesquería
Mayor General FAP EDUARDO RIVASRLATA HURTADO, Ministro de Salud.
General de Brigada E.P., FERNANDO VELIT SABATTINI. Ministro del Interior.
POR TANTO:
Mando se publique y cumple.
Lima, 22 de mayo de 1079.
General de División EP. FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI.
General de División E.P., PEDRO RICUTER PRADA, Primer Ministro y Ministro de Guerra, Encargado de la Cartéra de Aeronáutica.
Vicealmirante AP. CARLOS TIRADO ALCORTA General de División E.P., JUAN SANCHEZ GONZALES.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.