Ley Nº 22473

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 22473

DECRETO LEY N° 22473

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente*

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que durante la 2da. Reunión de Ministros de Trabajo se suscribió en la ciulad de Caracas, el 26 de Octubre de 1973, el Convenio “Simón Rodríguez” de Intergación Socio— Laboral y que posteriormente se firmó en la ciudad de Cartagena de Indias, el 12 de Mayo de 1976, un Protocolo modificatorio al mismo;

Que es conveniente a los intereses nacionales la aprobación de dichos Convenio y Protocolo;

En uso de las facultades de que está Investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico. — Apruébase el Convenio "Simón Rodríguez” de integración Socio-Laboral, y su Protocolo, suscrito en las ciudades de Caracas y Cartagena de Indias, el 26 de Octubre úe 1973 y 12 de Mayo de 1976, respectivamente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de Marzo de mil novecientos setentinueve.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla. •

Lima, 20 de Marzo de 1979.—

General de División EP„ FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI. ~

General de División EP., PEDRO RICHTER PRADA. Teniente General FAP., LUIS GALINDO CHAPMAN. Vicealmirante AP., CARLOS TIRADO ALCORTA. Embajador CARLOS GARCIA BEDOYA.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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